¿Cómo tramitar una herencia en Madrid?
29/11/2022
El fallecimiento de una persona allegada es doloroso y difícil de gestionar. Pero además, estas situaciones conllevan una serie de trámites burocráticos y legales que hay que hacer en tiempo y de forma correcta. ¿Qué ocurre en caso de tener que tramitar una herencia en Madrid? Le contamos los aspectos principales que deberá tener en cuenta.
Si se encuentra en el proceso de aceptación de una herencia, es probable que le surjan dudas. Por ejemplo, ¿qué pasos debo seguir si el fallecido no hizo testamento? No es un proceso sencillo, y se requiere realizar ciertos trámites, así como conocimientos antes de tomar algunas decisiones. ¿Quiere información sobre aspectos administrativos, legales y tributarios para recibir una herencia en Madrid? Siga leyendo este artículo para informarse de los pasos que tiene que dar.
Trámites necesarios para herencias en Madrid
Tanto en Madrid como en el resto de España, el proceso de aceptar una herencia exige cierta documentación. Se necesita recopilar una serie de certificados, y recurrir a las instituciones pertinentes para la tramitación adecuada. Tales como:
También podemos ayudarle con impuestos de sucesiones y donaciones para no residentes en España.
Certificado de defunción
El primer papel importante es la propia certificación oficial de que el difunto realmente consta como fallecido. Sin este documento no se puede avanzar en ningún trámite posterior, así que hacerse con esto es el primer paso imprescindible.
Para conseguirlo, se deberá acudir al Registro Civil en la Comunidad de Madrid, si el fallecido lo ha hecho en esta ciudad de España. Se puede hacer vía telemática, lo cual puede facilitar la tramitación en un momento tan complicado.
Antes de ello, se necesitará contar con el certificado médico de defunción, que se expide por parte del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y lo debe realizar un médico junto con el timbre oficial que se vende en farmacias. Además, se necesita también contar con el DNI del difunto en estos trámites.
Certificado de últimas voluntades
Se puede solicitar su expedición de forma presencial o por correo después de haber transcurrido 15 días hábiles desde la tramitación del certificado de defunción. A nivel de costes, se exige el pago de una tasa con el formulario 790, de 3,70 euros.
Respecto a la documentación necesaria para poder acceder a este certificado, se necesita:
⦁ Solicitud oficial del Ministerio de Justicia
⦁ Aportar los datos propios del solicitante y respecto al fallecido se requiere también información del mismo: nombre, apellidos y lugar y fecha, tanto de nacimiento como de defunción.
Si desea realizar el trámite de manera presencial, deberá acudir a la Oficina Central de Atención al Ciudadano en Calle de la Bolsa 8, Madrid.
También se puede enviar la solicitud por correo a la siguiente dirección: Registro General de Actos de Última Voluntad, Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, 3.
El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento
Este certificado acredita si hay pólizas de seguros en las que el causante (persona fallecida) figura como asegurado.
Este documento lo podrá solicitar igualmente ante el Ministerio de Justicia y supone igualmente el pago de una tasa (formulario 790).
Tramitar una herencia con o sin testamento
Hemos mencionado una serie de documentos requeridos en cualquier caso, pero llegamos a un punto en que dependerá de si se trata de una sucesión abintestato (sin testamento) o una herencia con testamento.
Si el difunto realizó un testamento notarial, será el momento de recopilar toda la documentación de los bienes del fallecido. Asimismo, se deberá acudir al banco para ver qué saldo había en cuenta en el momento de la muerte.
Una vez dicho esto, si se tratase de una sucesión sin testamento, el escenario cambia. Para este caso, un notario debe hacer declaración de herederos si se trata de familiares directos. Para parientes colaterales, este trámite no lo hace un notario, sino que se realiza judicialmente.
Con la documentación obtenida se debe preparar la escritura del acta de declaración de herederos. Este documento se debe firmar por los herederos, al menos uno de ellos. También deben estar presentes dos testigos, que también tienen que firmar el acta.
Adjudicación de herencia
Más allá de si el difunto dejó o no un testamento escrito, en todo caso llegados a este punto, los pasos son iguales para todo tipo de herencias.
Se deberá solicitar la escritura de manifestación y adjudicación de la herencia ante notario, y se necesita un documento con los bienes de la herencia. El denominado jurídicamente ‘caudal relicto’ se deberá repartir. Se hace a partes iguales si no hay testamento, y de la manera que indica el testamento si lo hubo, en ambos casos conforme lo establecido en el Código Civil para el pago de legítimas y demás cuestiones que no son objeto de disposición, por parte del testador si hay testamento o de los herederos.
¿Qué impuestos hay que pagar por una herencia en Madrid?
Un punto fundamental, antes de aceptar cualquier herencia, es que el heredero tenga claro qué obligaciones tributarias irán asociadas a aceptación de la herencia. De esta manera se evitan sorpresas y se asegura poder asumir los costes del proceso.
Si va a recibir una herencia en la Comunidad de Madrid en concreto, tenga en cuenta que se trata de una Comunidad Autónoma con bonificaciones especiales para facilitar este proceso. En todo caso, aunque se deba pagar poca parte del total heredado, igualmente es fundamental seguir la normativa vigente en los plazos, presentaciones y pagos.
Estos son los impuestos asociados a la herencia
⦁ Impuesto de sucesiones: se debe abonar durante los seis primeros meses tras la muerte del difunto, aunque se puede solicitar una prórroga.
⦁ La plusvalía o IIVTNU (Incremento Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), un impuesto que solo grava en caso de heredar bienes inmuebles: el pago depende del municipio de Madrid del fallecido.
También podría haber otros tributos y costes asociados, que se deben consultar en cada caso concreto.
Tramite una herencia en Madrid con nuestra ayuda
Cuando fallece un ser querido, tener que organizar los temas relacionados con la herencia no siempre es fácil. Por ello, contar con la asesoría de un profesional puede ser de gran ayuda. Además, todo este proceso se debe realizar de manera correcta y en conformidad con la legalidad vigente.
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