En DTY ASESORES recibimos muchas consultas acerca de las herencias a no residentes. Por este motivo, hemos decidido redactar este útil artículo donde intentaremos resolver vuestras dudas más frecuentes sobre la herencia para los no residentes.
Preguntas frecuentes sucesiones no residentes
¿Qué trámites debería hacer para recibir la herencia como no residente?
Se necesita:
Certificado de defunción
Certificado de últimas voluntades
Certificado de seguros de vida
Localizar el testamento
Acreditar la condición de extranjero
¿Cómo podría solicitar el certificado de defunción si el causante ha fallecido en España?
Deberá solicitar el Certificado de defunción en el Registro Civil. La expedición de dicho certificado es gratuita.
¿Cómo podría solicitar el certificado de defunción?
Podría solicitarlo de las siguientes maneras:
Por internet
En el Registro Civil de forma presencial
Por correo dirigido al Registro Civil del lugar de fallecimiento
¿Cómo podría solicitar el certificado de defunción si el causante ha fallecido en el extranjero?
Si el causante (fallecido), en el momento de su fallecimiento, tenía la nacionalidad española, y constaba inscrita en el Registro Civil consular correspondiente, debe de solicitar la certificación en el Consulado.
Si, por el contrario, en el momento del fallecimiento ostentaba otra nacionalidad, deberá obtener la certificación expedida por las autoridades del país donde se produjo el fallecimiento. El certificado se deberá de aportar traducido y legalizado en España para que sea válido en nuestro país.
¿Qué debería de hacer para conseguir el Certificado de últimas voluntades en el caso de que el causante sea español?
Deberá de solicitar el Certificado de últimas voluntades y seguros de vida en el Registro General de Actos de Última Voluntad una vez hayan pasado 15 días desde el fallecimiento. Para ello, deberá de pagar la tasa 790, acompañada del Certificado de Defunción.
Dicho Certificado de últimas voluntades podrá solicitarse de forma presencial, por correo o por internet.
¿Qué debería de hacer para conseguir el Certificado de últimas voluntades en el caso de que el causante sea extranjero?
Deberá de aportar el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad del país de la nacionalidad del causante (fallecido) o acreditarse que en dicho país no existe dicho registro o que por las circunstancias concurrentes no sea posible aportar dicho certificado.
¿Qué debería de hacer para conseguir el Certificado de últimas voluntades en el caso de que el causante sea ciudadano de la Unión Europea (no español)?
En el caso de ser ciudadano de la Unión Europea será suficiente el Certificado Sucesorio Europeo. Este certificado es un instrumento cuya finalidad es certificar en todos los estados de la Unión Europea una serie de datos relacionados con la sucesión de una persona.
¿Cómo podría obtener el Certificado de Seguros de Vida en el caso de que el fallecido sea español?
Deberá de solicitar el certificado de seguros de vida en el Registro General de Actos de Última Voluntad una vez hayan transcurrido 15 días desde el fallecimiento. Deberá de pagar la tasa 790 y acompañar el certificado de defunción.
Podrá solicitarla de forma presencial, por correo o por internet.
¿Cómo podría obtener el Certificado de Seguros de Vida en el caso de que el fallecido sea extranjero?
Debido a la naturaleza contractual de las indemnizaciones percibidas por los seguros de vida, deberá de gestionarla con el país y la entidad con la que se haya contratado el seguro.
¿Cómo podría localizar el testamento en el caso de que el fallecido sea español?
En el Certificado de Actos de Última Voluntad aparece el último testamento otorgado. Deberá de ir a la notaría para obtenerlo y llevar la documentación correspondiente que acredite el interés como heredero (libro de familia, DNI, certificado de defunción).
¿Cómo podría localizar el testamento en el caso de que el fallecido sea extranjero?
Deberá de aportar el testamento otorgado debidamente traducido y legalizado del país donde se hubiese otorgado.
En el caso de ser ciudadano de la Unión Europea, será suficiente el Certificado Sucesorio Europeo.
¿Cómo podría acreditar mi condición de heredero?
Deberá de aportar el certificado de nacimiento del causante y de los herederos. Para ello, podrá obtenerlas en el Registro civil correspondiente al lugar de nacimiento de los causantes y de los herederos en el caso de los nacidos en España.
Para los extranjeros, si el nacimiento consta inscrito en el Registro Civil Consular correspondiente, deberá de obtener copia de la certificación en el Consultado. En el caso de no constar inscrito en el Registro Civil Consular, deberá de remitir la expedida por las autoridades correspondientes al lugar de nacimiento.
¿Cómo podría aceptar o renunciar a una herencia si soy extranjero?
Deberá de ir al notario competente, tanto en un caso como en otro. Podrá otorgar un poder a cualquiera de los herederos o incluso a un tercero para que acuda en su nombre a la notaría y, de esta forma, evitar desplazamientos.
De la misma manera, sería posible ratificar la aceptación o renuncia en su consulado.
¿Qué impuestos debería de liquidar al recibir una herencia en España?
Impuesto sobre Sucesiones y plusvalía municipal (I.I.V.T.N.U)
El Impuesto de Sucesiones es un tributo de carácter estatal que encuentra regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, cedido a las Comunidades Autónomas.
En el caso de que en la herencia consten inmuebles, deberá de liquidar la plusvalía municipal. Dicho impuesto corresponde al aumento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana, como consecuencia de su transmisión o venta. Este impuesto debe de pagarse a los ayuntamientos.
¿Qué bienes debería de incluir en la declaración del impuesto de sucesiones?
Todos los bienes, tanto los situados en España como los del extranjero. Podrá beneficiarse de las ventajas que ofrezca la Comunidad Autónoma donde se encuentren la mayoría de los bienes de España (en el caso de que todos los bienes se encuentren fuera de España, se aplicarían las de la Comunidad Autónoma de residencia del heredero).
Debe de tener en cuenta que podrá deducir el impuesto pagado al país extranjero por los bienes que no se encuentren en España.
¿Cuál es el plazo para pagar los impuestos?
En ambos casos, el plazo es de 6 meses a contar desde el fallecimiento del causante (fallecido).
¿Cuál es la norma que rige la herencia para el extranjero que recibe una herencia en España?
Estas normas, que son las que regularán cómo se deben de repartir los bienes de la herencia, serán las del país de residencia habitual del causante (fallecido) en el momento en el que este fallezca, salvo que el causante haya elegido en el testamento que se aplique su ley nacional o en casos excepcionales la ley del país con el que tenga otros vínculos.
Contacte con DTY ASESORES si necesita que le ayudemos a gestionar su herencia o resolver dudas más concretas, somos expertos en herencias de no residentes.
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