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Preguntas frecuentes herencia España

08/09/2022

Sabemos que todo lo referente a las herencias genera una gran cantidad de dudas, por lo que en este artículo dede DTY ASESORES queremos dar respuesta a una lista de FAQs sobre herencias en España. Si tras leerla no hemos contestado a sus preguntas, le rogamos que se ponga en contacto con nosotros para poder ayudarle.

FAQs herencias España

Preguntas frecuentes sucesiones España

¿Qué tipos de sucesión existen en la legislación española?

La legislación española distingue entre la sucesión testamentaria, en la cual el sucesor surge por voluntad del causante (el fallecido), y la intestada (ab intestato), en la cual la designación del sucesor y la distribución de los bienes del fallecido se hace por ley.

¿Cuándo se abre la sucesión?

Cuando se produce el fallecimiento del causante.

¿Qué es la sucesión por causa de muerte?

La muerte de una persona implica la apertura de un proceso mediante el cual los bienes, derechos y obligaciones del causante, esto es, del fallecido, se transmiten a otras personas.

Las cuestiones relativas a herencias y testamentos se regulan en el Código Civil, cuyos preceptos se fundamentan en el artículo 33 de la Constitución. No obstante, existen diversas Comunidades Autónomas en el territorio español con normativa propia en la materia, como Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.

¿Tiene importancia el lugar de la muerte del causante?

. Para determinar qué jueces serán competentes para resolver los eventuales litigios que surjan de la sucesión y la oportuna declaración de herederos, así como la Comunidad Autónoma en la que presentar el Impuesto de Sucesiones.

¿Quiénes pueden y quiénes no pueden heredar?

Puede heredar todo nacido que sobreviva 24 horas al parto. Asimismo, todas las tipologías de personas jurídicas pueden heredar, excepto asociaciones o corporaciones no permitidas por la ley.

No obstante, hay una serie de casos en los que no se puede heredar:

  1. Padres que abandonen o corrompan a sus hijos.
  2. El que mediante amenazas o violencia obligue a una persona a cambiar su testamento.
  3. El que haya acusado de forma falsa al difunto de cometer un delito grave.
  4. El heredero que fuera condenado en juicio por haber atentado contra la vida del causante o familiares.
  5. Además, existen prohibiciones especiales para suceder por testamento para el confesor durante la última enfermedad del causante, así como para el tutor y para el notario que autorice el testamento.

Es posible el perdón por parte de quien recibió la ofensa o sufrió el acto motivo de la indignidad para suceder.

asesoría herencias y testamentos

¿Qué es un testamento?

El testamento es el acto jurídico por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos (art.667 CC).

¿Quiénes pueden testar?

Las personas mayores de catorce años y que en el momento de formalizar el testamento estén en plena posesión de sus facultades (art.663 CC). El documento será válido, aunque después quede incapacitado. Cuando se trate de un testamento ológrafo será necesaria la mayoría de edad (art.688 CC).

¿Es recomendable hacer testamento?

Sí. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y económico que permite determinar el destino de nuestro patrimonio y evitar potenciales problemas entre los herederos.

¿Hay que acudir a un notario para hacer testamento?

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Existen varios tipos de testamentos, y algunos no requieren de notario, aunque la fórmula más frecuente es acudir a uno que, además, nos ayudará a asegurar que las disposiciones del testamento se ajustan a la legislación vigente.

¿Pueden hacerse varios testamentos?

Sí, pero únicamente será válido el último otorgado.

Podría interesarle conocer: tipos de testamentos para repartir herencia

¿Qué es la legítima?

La legítima es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esta razón herederos forzosos (art.806 CC).

¿Puede una persona disponer libremente de su patrimonio?

No. El Código Civil obliga a dejar las legítimas a los herederos forzosos. Así, el artículo 808 del Código Civil establece que la legítima de los hijos y descendientes es las dos terceras partes del haber hereditario del padre y la madre.

Si el fallecido es un hijo sin descendientes, heredarán los padres y ascendientes.

¿Cómo se divide una herencia?

  1. Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario de los progenitores (art.808 CC).
  2. Sin embargo, podrán estos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
  3. La tercera parte restante será de libre disposición.

¿Puedo desheredar a un hijo?

En ningún caso. Para que se pueda desheredar a un hijo es preciso que existan gravísimas causas recogidas expresamente en la ley.

Por ejemplo, la condena del heredero forzoso por haber atentado contra la vida del testador.

Haga clic para más información sobre causas para desheredar a un hijo

¿Qué sucede si no hay testamento?

En este caso se abre la sucesión intestada, esto es, se sucede por disposición de la ley (ab intestato). Recibirán la herencia los herederos forzosos en el orden establecido por la Ley. Si no existen herederos forzosos, las personas de la familia más cercanas, y en caso de no haber familiares, hereda el Estado.

Para conocer si existe o no testamento, los herederos deben de solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil y dirigirse al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia y pedir un certificado en el que se acredite si la persona fallecida realizó o no testamento.

En el Registro constará este, así como la fecha en que se realizó y ante qué notaría o notario se hizo.

¿Qué hereda el viudo/a?

  • Si el fallecido/a no otorgó testamento y existen hijos/as del matrimonio, al viudo/a le corresponde el usufructo de la tercera parte de la herencia.
  • Si no hay descendencia del matrimonio, pero viven el padre/madre del cónyuge fallecido, le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia.
  • En el caso de que no existan ni descendientes ni ascendientes del marido, a la viuda le corresponderá la totalidad de los bienes del marido.
  • Si hay testamento, dependerá de lo allí dispuesto por el fallecido.

¿Puede uno de los cónyuges otorgar testamento sin el conocimiento del otro?

Sí. Cualquier persona puede otorgar testamento en la forma en que desee sin tener que comunicárselo a su marido o a su mujer.

No obstante, si el matrimonio viene regido por el régimen económico de sociedad de gananciales, sólo podrá disponer de la mitad de los bienes. El resto, adquiridos antes del matrimonio o fruto de una herencia, son privativos y puede disponer de ellos en su totalidad.

¿Puede otorgar testamento conjunto el marido y la mujer?

El testamento es un acto individual, sea cual sea el estado civil de los testadores.

¿La herencia paga impuestos?

, las herencias pagan impuestos. El heredero deberá pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, regulado en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

En un plazo de 6 meses desde la muerte del causante.

¿Cuánto hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?

Depende de los bienes heredados, del parentesco con el fallecido y de la Comunidad Autónoma en la que se tribute. Existe un mínimo exento en forma de reducciones de la base imponible y que se modulan en función de los grupos de parientes.

¿Qué es un albacea?

Es aquella persona designada por el testador en su testamento para administrar sus bienes y dividirlos entre los herederos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento. El cargo es voluntario.

¿Puede dejarse la herencia a una persona o a una agrupación?

, es posible dejar un legado a quien se considere, ya sea una persona física o jurídica. Dentro de las personas jurídicas, se incluirían las instituciones públicas o privadas, lo que incluyen ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.

¿Tiene más preguntas sobre sucesiones en España?

Esperamos haber resuelto la mayor cantidad de preguntas frecuentes sobre sucesiones en España. Pero si aún tiene dudas o si necesita asesoría para realizar un testamento, impugnarlo o el pago de impuesto de herencias de residentes en España o no residentes, consúltenos, en DTY ASESORES estamos especializados en herencias y donaciones.

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