Régimen Fiscal para Herencias y Donaciones de No Residentes en España
14/02/2025
La globalización ha incrementado las situaciones en las que personas no residentes en España se ven involucradas en procesos de herencias y donaciones que incluyen bienes en territorio español. Entender el régimen fiscal aplicable en estos casos es esencial para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar posibles sanciones. En DTY Asesores, somos expertos en la gestión de herencias y donaciones para no residentes, ofreciendo asesoramiento integral para garantizar una correcta planificación y cumplimiento fiscal.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para No Residentes
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava las transmisiones de bienes y derechos por causa de muerte (sucesiones) o por actos inter vivos (donaciones). Cuando intervienen no residentes, la normativa española establece criterios específicos para determinar la sujeción al impuesto y la legislación aplicable.
Sujeción al Impuesto
Según la Agencia Tributaria, en el caso de adquisiciones «mortis causa» (herencias), el ISD se aplica cuando el causante o el heredero no son residentes en España, pero existen bienes o derechos situados en territorio español. Para donaciones, el impuesto se devenga cuando el donatario no residente adquiere bienes o derechos que están situados, deben cumplirse o pueden ejercitarse en España.
Normativa aplicable
La normativa aplicable varía en función de la residencia de las partes involucradas y la ubicación de los bienes:
• Residentes en la Unión Europea (UE) o Espacio Económico Europeo (EEE): Tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de septiembre de 2014, España adaptó su legislación para eliminar la discriminación fiscal entre residentes y no residentes en la UE/EEE. Así, los no residentes en estos territorios pueden aplicar la normativa autonómica correspondiente al lugar donde se encuentren los bienes de mayor valor en España.
• Residentes en terceros países: Aunque inicialmente no se beneficiaban de las mismas ventajas, la normativa ha evolucionado para ofrecer un trato más equitativo. No obstante, es fundamental analizar cada caso para determinar la normativa aplicable y posibles beneficios fiscales.
Obligaciones formales
Los no residentes que deban liquidar el ISD en España deben presentar los siguientes modelos:
• Modelo 650: Para adquisiciones por herencia.
• Modelo 651: Para adquisiciones por donación.
Estos modelos se presentan ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), específicamente en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, encargada de la gestión del impuesto en casos que afectan a no residentes.
Plazos de presentación
El plazo general para presentar la autoliquidación del ISD es de seis meses desde el fallecimiento en el caso de herencias. Para donaciones, la presentación debe realizarse en el plazo de 30 días hábiles desde el acto de donación.
Importancia de la Planificación y Asesoramiento Especializado
La correcta planificación y gestión de herencias y donaciones con componentes internacionales es compleja debido a la interacción de diferentes normativas fiscales y la necesidad de cumplir con diversas obligaciones formales. En DTY Asesores, contamos con más de 15 años de experiencia en la asesoría a no residentes, ofreciendo servicios como:
• Identificación y valoración de bienes: Elaboramos un inventario detallado de los bienes y derechos involucrados, tanto en España como en el extranjero.
• Obtención de documentación necesaria: Gestionamos la recopilación de todos los documentos requeridos para la liquidación del impuesto, considerando las particularidades de cada país involucrado.
• Designación de representante fiscal: Asistimos en la designación de un representante fiscal en España para facilitar las gestiones ante la AEAT.
• Coordinación con notaría: Colaboramos con notarías para la formalización de los documentos necesarios, asegurando el cumplimiento de todas las formalidades legales.
• Presentación y gestión del impuesto: Nos encargamos de la cumplimentación y presentación de los modelos correspondientes, así como de cualquier gestión adicional ante la administración tributaria.
Conclusión
La fiscalidad de herencias y donaciones para no residentes en España requiere un análisis detallado y un enfoque personalizado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aprovechar las posibles ventajas fiscales. En DTY Asesores, ofrecemos un asesoramiento integral y especializado para facilitar estos procesos y asegurar una gestión eficiente y conforme a la normativa vigente.
Para más información, no dudes en contactarnos.
Artículos más populares

Donaciones de padres a hijos en Madrid

Consejos para los no residentes en España que heredan
