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Impuesto sobre sociedades, dudas frecuentes

12/08/2022

Uno de los momentos más importantes del año para una empresa (a efectos fiscales) y en ocasiones más complicado es la presentación del impuesto sobre sociedades. Contar con un asesor fiscal es esencial en este sentido. De cara a la presentación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio, es posible que surjan dudas sobre la propia liquidación del impuesto y las obligaciones de la empresa. Por ello, a continuación aclaramos las dudas más repetidas en relación al Impuesto Sobre Sociedades.

Impuesto sobre sociedades: dudas frecuentes

Las sociedades mercantiles deben presentar, todos los años, el Impuesto sobre Sociedades regulado en la ley 27/2014 de 27 noviembre. IS grava la renta de las empresas y cualquier otra entidad jurídica.

asesoria fiscal y tributaria dty

Veamos las principales claves del impuesto sobre sociedades: qué es, cuándo se presenta y otras cuestiones más de habitual interés.

¿Qué es el impuesto sobre sociedades?

Se trata del gravamen aplicado a los rendimientos obtenidos por las sociedades en territorio español durante el año. El IS no solamente grava a empresas, sino que también afecta a toda persona jurídica, como veremos más adelante.

Para poder determinar la base imponible, esta se debe extraer del importe de la renta obtenida por la sociedad durante el período impositivo. Dicha base queda minorada por la posible compensación de bases imponibles negativas de períodos anteriores.

Por otro lado, se pueden aplicar ciertas deducciones por actividades de investigación y desarrollo, o en caso de alguna clase de innovación tecnológica. Con estas medidas, el legislador busca incentivar determinadas actividades, como puede ser el I+D+i, tal y como se recoge en el artículo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades.

¿Quién está obligado a presentar el impuesto de sociedades?

qué es impuesto sobre sociedades

Todas las personas jurídicas deben presentar el IS, excepto aquellas que no tengan objeto mercantil. Además, también deben presentar este impuesto ciertas entidades sin personalidad jurídica, como las SOCIEDADES CIVILES con objeto mercantil.

En resumen, deben de presentar este impuesto: las sociedades, cooperativas, fondos de inversión, asociaciones, fundaciones, instituciones, agrupaciones temporales de empresas, uniones temporales de empresas e incluso las comunidades de titulares de montes vecinales en mano común.

Están exentas de presentar el impuesto sobre sociedades, algunas entidades específicas por su naturaleza, como ONGs, asociaciones empresariales, sindicatos, partidos políticos y entes del sector público.

Otra de las dudas frecuentes sobre el impuesto de sociedades es si se debe presentar en caso de concurso o si no ha habido rentas en el período impositivo. En ambos casos, igualmente la sociedad tiene la obligación de presentar los distintos modelos correspondientes.

¿Cuándo se paga el IS?

  • Antes de saber cuándo se debe pagar, es fundamental tener claro cuándo se presenta este impuesto. El modelo 200, debe presentarse en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. En la mayoría de las empresas este periodo concluye el día 25 de julio, pero no siempre es así, ya que el ejercicio económico de la empresa no necesariamente tiene que ser del 01 de enero a 31 de diciembre.
  • El modelo 202, es el formulario empleado para hacer el pago fraccionado del I.S, este pago se efectúa entre los días 1 y 20 de abril, octubre y diciembre.

Este modelo no debe presentarse si el resultado es cero o negativo.

  • El modelo 220, como bien indica la Agencia Tributaria: “deberá ser utilizado por aquellos grupos de entidades que, cumpliendo la definición de grupo fiscal recogida en el artículo 58 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades… opten por aplicar este régimen de tributación, regulado en el capítulo VI del título VII de la LIS, y los grupos de sociedades cooperativas a que hace referencia el Real Decreto 1345/1992.”

Su presentación debe realizarse en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses de haber concluido el periodo impositivo de la empresa representante del grupo.

En el caso de grupos fiscales cuyo período impositivo haya finalizado el 31 de diciembre, las entidades representantes o cabezas de grupo podrán optar al sistema de domiciliación bancaria, que podrá realizarse desde el día 1 de julio hasta el 20 de julio.
Para más información sobre dudas específicas con la presentación y liquidación del modelo 220, puede contactarnos o hacer clic en el siguiente enlace Instrucciones modelo 220.

¿Cómo tributa cada Comunidad Autónoma de España?

impuesto sobre sociedades España

El impuesto sobre sociedades en España no funciona igual en todo el territorio, aplicándose un tipo impositivo diferente según la región. Navarra y el País Vasco, por su parte, tributan un 28% de sus beneficios al IS. El resto de España aplica un tipo del 25%.

Tipos de gravamen según la naturaleza de la sociedad

  • Aunque la regla general es que se debe aplicar un 25%, hay ciertas excepciones según el tipo de sociedad o su momento.
  • Las empresas de nueva creación tienen un gravamen menor reducido para facilitar el crecimiento inicial. Se grava el 15% de la base imponible positiva durante el primer año que se obtenga y el siguiente. 
  • Por otro lado, las cooperativas fiscalmente protegidas solo deben pagar el 20%, y las asociaciones sin ánimo de lucro pagan el 10%
  • Por su parte, los fondos de inversión colectiva solo gravan un 1% y los fondos de pensiones no tienen gravamen.

¿Qué novedades hay del IS en 2022?

Desde que el 7 de octubre de 2021 se realizaron los Presupuestos Generales del Estado para este año, se han modificado las normas relativas al Impuesto de Sociedades. 

Por una parte, ciertas sociedades con un gran volumen de negocio tienen fijado un gravamen mínimo del 15%. Así, los bancos y petroleras con importe neto igual o superior a 20 millones de euros en los 12 meses previos tienen una tributación mínima. Hay ciertas sociedades con este volumen que no se ven afectadas, como los fondos de pensiones, las sociedades de inversión inmobiliaria y otras más recogidas en la Ley 49/2022.

Otra gran novedad es la distinción entre la cuota íntegra y la cuota líquida en el impuesto sobre sociedades. La primera hace referencia a la cantidad que se aplica a la base imponible, mientras la cuota líquida resulta de extraer las bonificaciones o deducciones aplicadas a la sociedad

¿Necesita asesoría o ayuda para presentar el impuesto de sociedades?

En DTY Asesores somos especialistas en el asesoramiento fiscal a empresas, por lo que le podemos ayudar a planificar y presentar el Impuesto sobre Sociedades.

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